El tiempo en: Valencia
Lunes 20/05/2024
 
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Valencia

Condenados a 9 años de prisión el padre y el tío abuelo de una menor por abusar de ella

Los abusos del padre y tío abuelo ocurrieron durante el confinamiento por la COVID-19 cuando la menor tenía apenas 14 años

Publicidad Ai Publicidad Ai
  • Imagen de archivo de la Audiencia de Alicante. -

La Audiencia de Alicante ha impuesto sendas penas de nueve años y un día de prisión para el padre y el tío abuelo de una menor por agredirla sexualmente cuando contaba con tan solo 14 años de edad.

El tribunal de la Sección Décimo Primera que enjuició los hechos considera probado que los dos acusados, de 39 y 57 años, ambos de origen ecuatoriano, se aprovecharon del vínculo familiar que les unía con la víctima para realizarle distintos tocamientos en los pechos y en los genitales.

Los episodios de abusos ocurrieron durante dos semanas de abril de 2020, en pleno confinamiento por la covid-19.

La sentencia detalla que la niña se encontraba bajo la custodia de su abuela materna pasando largas temporadas en Ecuador, sin tener demasiada relación con su padre. No obstante, en abril de 2020 regresó a España para instalarse en el domicilio de su progenitor, situado en un municipio de la comarca alicantina de la Vega Baja, y acabó conviviendo con él, con su pareja, con su abuela paterna y con su tío abuelo durante dos semanas.

En el acto del juicio, el padre de la menor negó los hechos y atribuyó las acusaciones de su hija a la existencia de supuestos celos respecto a su hermanastro.

Sin embargo, el tribunal estima probada la existencia de los abusos a partir del testimonio de la víctima, tras concluir que su relato fue persistente y verosímil y que, además, había quedado apoyado por la declaración de su madre y de las conclusiones recogidas en dos informes periciales psicológicos.

Así, la Audiencia de Alicante impone a los dos acusados sendas penas de nueve años y un día de privación de libertad por la comisión de dos delitos continuados de abusos sexuales, además de la medida de alejamiento durante catorce años respecto de la víctima, así como otros ocho años de libertad vigilada.

También establece que cada uno de los dos procesados deberá indemnizar a la menor con 3.000 euros por los daños morales ocasionados. 

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN