La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha desestimado el recurso de apelación interpuesto contra una sentencia del Juzgado de Menores número 1 de Pontevedra, que condenó a un joven de 15 años de edad por agredir sexualmente a otra menor de 13 años.
En concreto, el varón fue condenado como autor de un delito de agresión sexual y un delito leve de lesiones, por lo que se le impuso una medida reformadora de 2 años de internamiento en régimen cerrado, seguido de una medida de libertad vigilada por un tiempo de 12 meses con la obligación de participar en un programa de educación sexual y de educación en igualdad.
También se le impuso al joven una orden de alejamiento sobre la víctima de 2 años, además del pago de las costas y de una indemnización de 12.000 euros a la menor por las lesiones causadas y las secuelas. Estas cantidades, así como unos 360 euros que tendrá que abonar al Servizo Galego de Saúde (Sergas), serán aportadas previsiblemente por sus progenitores, condenados en solidaridad con el menor.
Según el relato de hechos probados que da por ciertos la Audiencia, los jóvenes se conocieron el día anterior al suceso denunciado por mediación de una amiga y debido a que vivían en el mismo edificio, pero entraban por distintos portales. Precisamente ya ese día, el varón besó a la víctima "con consentimiento de la menor".
Sin embargo, tras intercambiar sus redes sociales, el joven trató de quedar con la menor cuando sus padres estuviesen dormidos, negándose ella. No obstante, quedaron al día siguiente en el hueco de las escaleras del edificio.
Allí, el procesado besó e hizo tocamientos a la víctima, la cual le reprochó su comportamiento. Sin aceptar la negativa de la menor, la cogió del antebrazo y la empujó contra la pared, para luego obligarla a agacharse y a hacerle una felación.
Tras los hechos, ella contó a la amiga en común lo ocurrido y fue la abuela la que denunció. En el momento de la detención del joven, este manifestó a los agentes que había quedado con una niña de 13 años "y que le había metido su pene en la boca sin que ella quisiese".
La sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.